NOM-037-STPS-2023

13 de Junio de 2023

El pasado día 08 de junio del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva NOM-037-STPS-2023, a través de la cual se regula el Teletrabajo y las Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo bajo esta modalidad.

Cabe mencionar que esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que los empleadores que utilicen esta modalidad de trabajo tendrán este periodo para implementar y cumplir las nuevas obligaciones que se imponen.

Para poder definir concretamente las acciones que deberán llevar a cabo los centros de trabajo y las obligaciones principales que se deberán cumplir con el objeto de evitar la imposición de multas por parte de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, ponemos a su disposición los siguientes check list para la verificación de cumplimiento.

Respecto a las principales obligaciones que establece esta Norma Oficial Mexicana para los empleadores, son las siguientes, entre otras:

  1. Contar con un listado actualizado de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.
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  1. Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo y entre las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo una Política de Teletrabajo.
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  1. Informar a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo y a la comisión de seguridad e higiene del centro de trabajo, sobre los riesgos relacionados con el Teletrabajo.
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  1. Contar con la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo validada por la Comisión de Seguridad e Higiene.
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  1. Establecer un proceso de implementación de la forma del Teletrabajo y su reversibilidad.
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  1. Proporcionar a las personas teletrabajadoras silla ergonómica e insumos necesarios.
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  1. Proporcionar capacitación sobre condiciones de seguridad y salud, mantenimiento a equipos y practicar los exámenes médicos necesarios.
( )
  1. Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar.
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Respecto a las principales obligaciones que establece esta Norma Oficial Mexicana para los colaboradores, son las siguientes, entre otras:

  1. Brindar a la Comisión de Seguridad e Higiene, si está de acuerdo el trabajador, las facilidades por escrito para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en el lugar de trabajo.
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  1. Cumplir con la Política de Teletrabajo.
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  1. Informar al empleador y a la Comisión de Seguridad e Higiene cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que impidan el desarrollo del Teletrabajo, incluidos aquellos acontecimientos traumáticos severos que hubiere presenciado o sufrido, con motivo o en ejercicio de su trabajo.
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  1. Resguardar y conservar en buen estado los equipos, materiales, útiles y mobiliario ergonómico proporcionados.
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  1. Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidos por el empleador.
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  1. Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal.
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  1. Avisar al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene de los riesgos de trabajo que sufra.
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En Rivadeneyra, Treviño y de Campo S.C., le estamos dando seguimiento al cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana para poder bridarle la asesoría legal que en su caso requiera. Este documento se elabora con fines informativos. El contenido no debe considerarse como un consejo u opinión legal.

Quedamos a sus órdenes para cualquier duda que surja con motivo del presente boletín, esperando que la información contenida les sea de utilidad.

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Rivadeneyra, Treviño y de Campo
Laboral y Seguridad Social

Jesús González Sampedro

jgonzalez@rtydc.com

Estefanía Lozano Rojas

elozano@rtydc.com

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