Boletín informativo
Cobro por ajuste a la
facturación de CFE

14 de Enero de 2021

De acuerdo a la “NOM-EM-007-CRE-2017, Sistemas de Medición de Energía Eléctrica. Especificaciones y métodos de prueba para medidores multifunción y transformadores de instrumento» expedida por Comisión Reguladora de Energía (CRE), los elementos de un sistema de medición de energía eléctrica deben cumplir con las especificaciones que se indican en dicha norma oficial, sin perjuicio de que en las Disposiciones Administrativas de Carácter General que al efecto emita la CRE se establezcan otros tipos de elementos del sistema de medición de acuerdo con las condiciones operativas de la red eléctrica, ello con el propósito de garantizar la seguridad de personas, animales y bienes contra los riesgos que puedan resultar de la utilización de las instalaciones eléctricas.

Por ello es indispensable recordarles a todos nuestros clientes que de ser inspeccionados por CFE mediante una “Revisión al Sistema de Medición y la Instalación Eléctrica”, en la que se les finque un “Ajuste a la facturación” ya sea por:

  • Error de medición: cuando sus instalaciones evitan, alteran o impiden el funcionamiento normal del equipo de medición, o bien,
  • Por determinarse un uso ilícito: lo que configura la comisión de un delito federal;

Se advierte que las inspecciones deberán cumplir con sus formalidades legales, razón por la cual se recomienda nos contacte y nos hagan llegar la orden de verificación, el acta en la que realizan la diligencia y cualquier tipo de documento emitido por la Comisión señalada, para que previo a proceder a pagar una cantidad indebida o exponerse a un corte de suministro de servicios eléctricos, le asesoremos para lograr acuerdos y convenios en su favor, pudiendo en su caso, agilizar la reconexión y en general negociar o revisar cualquier ilegalidad sucedida, todo ello en el mismo día preferentemente, ya que de pagarse, para reclamar su devolución deberá ejecutar un juicio litigioso que se bien puede evitarse brindándole la oportuna asesoría legal aplicable en el momento emergente.

En Rivadeneyra, Treviño y de Campo S.C., le estamos dando seguimiento a este tema, para poder brindarle la asesoría legal que en su caso requiera. Se elaboró este documento con fines informativos. El contenido no debe considerarse como un consejo u opinión legal.

Esperando que la presente información sea de su utilidad, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario adicional que pudieran surgir al respecto.

 
 

Atentamente,
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Rivadeneyra, Treviño y de Campo

Estefanía Valeria Moreno Flores

vmoreno@rtydc.com

Sandi Erika Hernández Tlacuatl

iferrer@rtydc.com

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